¿Qué hacer ante un caso de grooming?
Sobre todo, hacer sentir al menor que no es culpable de nada. No perder la calma, escuchar y hacerle sentir que cuenta con su apoyo.
En estos casos los especialistas recomiendan la denuncia inmediata. Ya que hablamos de un delito muy serio en el que existe la superioridad del adulto frente al menor.
Puede pasar que la «vergüenza» que pueda sentir el menor por los hechos nos lleve a buscar una solución intermedia en la que se proteja la intimidad de la victima. Se puede aportar de manera anónima los datos del caso a través de las páginas web de la Policía Nacional, la Guardia Civil o las policías autonómicas.
El trámite se limita a rellenar unos formularios de contacto anónimos, aunque hay que facilitar al menos una dirección de correo electrónico para que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad se pongan en contacto.
Otra vía es acudir a las asociaciones, entidades y ONG’s que tienen como objetivo la protección de los menores o la lucha contra el ciberacoso.
Estas dos últimas vías consisten en facilitar información, no son mecanismos de denuncia formal.
La denuncia formal la tienen que interponer los padres, los representantes legales del menor o el Ministerio Fiscal, en caso de ser alertado por otras personas (incluido el menor).
En el caso de que un profesor u otra persona llegase a detectar una situación de estas características debería ponerse en contacto con los padres o responsables del menor, o en caso de ser necesario informar a las autoridades.
La denuncia puede efectuarse ante tres instancias:
- Policía
- Guardia Civil
- Juzgado de Guardia
- Fiscalía de Menores
En este sentido, destaca la importancia de aportar, en el mismo momento de denuncia, pruebas del acoso.
Una vez recibida la denuncia, las autoridades aportarán las pautas a seguir e investigarán el caso para esclarecerlo y poner al presunto culpable a disposición de la Justicia.
Qué pruebas aportar si se detecta un caso de grooming
Es importante guardar todas las pruebas: conversaciones, mensajes, imágenes, vídeos, etc., relacionados con los hechos.
Las autoridades serán quienes custodien, analicen y valoren esta información de cara a la denuncia o el posible proceso judicial.
Habrá determinados datos, como son los que tienen que aportar las empresas proveedoras de servicios de Internet, que tendrá que recabar la Policía o la Guardia Civil. Solo se podrán obtener en el caso de que haya una orden judicial.
Es importante tener claro que las pruebas que puedan aportar las víctimas no necesariamente cuentan con validez judicial, ya que no existe evidencia de su veracidad o de su procedencia. Entre estos casos se puede señalar por ejemplo las capturas de pantalla o la recepción de mensajes. En estos casos las pruebas con validez judicial deben ser validadas por profesionales.
Las evidencias aportadas por los implicados son de especial relevancia para llevar a la intervención. Y concretar las comunicaciones mediante las que se ha podido incurrir en un delito.